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jueves, 25 de febrero de 2010

PAN presentará iniciativa para delimitar fuero.

Noticia:


El coordinador del PAN en el Senado, Gustavo Madero, presentará este jueves su propuesta de reforma a la Constitución para delimitar el uso del fuero legislativo en senadores y diputados federales, así como en otros servidores públicos.

El senador por Chihuahua acepta que el fuero concedido a los legisladores federales, "se ha desvirtuado por completo" hoy en día.

"El fuero debe limitarse a garantizar la inviolabilidad de los senadores y diputados por la manifestación de sus opiniones en el desempeño de sus cargos, pero bajo de ninguna manera debe servir de pretexto para que aquellos que violen la ley, cometan un delito o abusen del poder eviten rendir cuentas ente la sociedad", señala.

Los cambios propuestos -que se prevé sean presentados hoy ante la sesión del pleno de la cámara alta- abren la puerta a que cualquier diputado o senador pueda ser procesado penalmente por la comisión de delitos graves durante su encargo, pero mantiene el espíritu de la ley para garantizar que por sus dichos no puedan ser enjuiciados o censurados.

La reforma aplicará también a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de Despacho, los diputados a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, el Procurador General de la República y el Procurador General de Justicia del Distrito Federal, así como el consejero Presidente y los consejeros electorales del Consejo General del Instituto Federal Electoral, por la comisión de delitos graves durante el tiempo de su encargo.

Madero propone además que se proceda penalmente por delitos graves contra los gobernadores de los Estados, diputados locales, Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia y en su caso, los Miembros de los Consejos de las Judicaturas locales.

En su reforma aumenta un párrafo a la ley: "Si la sentencia fuese condenatoria y se trata de un delito cometido durante el ejercicio de su encargo, no se concederá al reo la gracia de su indulto", con el fin de evitar impunidad.

El legislador, también presidente de la Junta de Coordinación Política impulsa para ello reformas al artículo 61; los párrafos: primero, quinto y séptimo del artículo 111; y, se derogan: los párrafos segundo, tercero y sexto del artículo 111; todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

"Artículo 61. Los diputados y senadores son inviolables por las opiniones que manifiesten durante el período que dure su encargo y jamás podrán ser reconvenidos por ellas.

El Presidente de cada Cámara velará por el respeto a la inviolabilidad de las opiniones de los miembros de la misma y por la inviolabilidad del recinto donde se reúnan a sesionar.

El cambio radica en el artículo 111: "se procederá penalmente contra los diputados y senadores al Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral, los consejeros de la Judicatura Federal, los Secretarios de Despacho, los diputados a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, el Procurador General de la República y el Procurador General de Justicia del Distrito Federal, así como el consejero Presidente y los consejeros electorales del Consejo General del Instituto Federal Electoral, por la comisión de delitos graves durante el tiempo de su encargo".

En la exposición de motivos Madero señala que la palabra "fuero" proviene del vocablo latino forum que significa recinto sin edificar, plaza pública, vida pública y judicial.

"En nuestros días, la palabra fuero tiene diversas acepciones en el lenguaje jurídico. Se utiliza como sinónimo de competencia, como sinónimo de jurisdicción, y como un requisito de procedibilidad, tratándose del fuero constitucional".



Madero defiende la libertad de los legisladores a expresarse y defender sus dicho, la llamada "inviolabilidad" de sus expresiones.

"El espíritu y motivación del Constituyente de 1917 no tenían como objeto proteger al Legislador de delitos o abusos de poder que este pudiera cometer", señala.

En su texto, considera que con el devenir de los años es evidente que "las reformas efectuadas a la Constitución, crearon un régimen de irresponsabilidad absoluta".

Recuerda que recientemente, en un debate suscitado en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en torno a un Juicio de Amparo tocante a la figura del fuero, los Ministros expresaron sus opiniones jurídicas sobre el tema. El Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea afirmó:

"Hay que tener en cuenta que esta inviolabilidad parlamentaria no constituye un derecho fundamental del legislador, es una garantía institucional que se da para proteger la función parlamentaria, esencialmente del órgano legislativo e indirectamente de cada uno de sus integrantes, siempre y cuando estén desempeñando una función legislativa, que es aquélla, como hemos insistido aquí, que le otorga el orden jurídico".

Madero señala que en el contexto de la discusión de la Reforma Política, "los senadores de la República debemos afrontar el reto de eliminar aquellas disposiciones que generen impunidad".

Considera que los senadores deben dar el ejemplo "y permitir la posibilidad de que estemos en igualdad de condiciones que cualquier ciudadano para responder ante la justicia por la comisión conductas ilícitas que deriven en procesos penales, sin necesidad de esperar el trámite de la declaración de procedencia establecido en el artículo 111 de la Constitución".

"Por lo antes expuesto, propongo retomar el espíritu que motivó a los Constituyentes de Querétaro y precisar que la inviolabilidad en la manifestación de opiniones de que gozan los senadores y diputados al Congreso de la Unión, debe apegarse estrictamente a su trabajo legislativo, y se elimina del segundo párrafo del artículo, la figura del fuero constitucional.

"Asimismo, propongo que los funcionarios a que se refiere el primer párrafo del artículo 111 de la Constitución, sean responsables por los delitos graves que cometan durante el tiempo de su encargo. Las demás reformas propuestas para el artículo 111, tienen la finalidad de eliminar la figura de la declaración de procedencia".

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