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miércoles, 17 de febrero de 2010

El peso de la ley podría caer contra los padres irresponsables.

Noticia:


Blanca no tiene padre. Al menos eso es lo que dice su mamá, una estudiante universitaria de 21 años de edad, quien asegura que la niña nació producto de “una relación sexual que tuve con mi novio sin protección”.

“Sucedió lo clásico. Desde el momento en que le dije que estaba embarazada me reclamó que no me cuidé y que para él no era el momento de ser padre, que quería terminar su carrera. Yo le dije: está bien, entonces mi hija sólo tendrá mamá, decidí tener a mi bebé sola… todos ahora me dicen que soy una tonta porque para poder mantenerla tengo que trabajar y ya no voy a la universidad… quiero que ese hombre se haga responsable, pero ¿cómo lo obligo?”.

Historias como la de Sofía -mamá de Blanca- fueron consideradas para la elaboración de la iniciativa de Ley General de Paternidad Responsable, la cual promueven legisladoras del PAN en la Cámara de Diputados y se encuentra en análisis en las comisiones unidas de Justicia y Grupos Vulnerables.

La iniciativa pretende garantizar que los hijos, concebidos fuera o dentro del matrimonio y rechazados por el padre, sean reconocidos por éste mediante resolución administrativa o judicial a fin de que solvente los gastos del embarazo, parto y la manutención, aún y cuando viva fuera del país o sea menor de edad.



Las asociaciones de padres separados o divorciados consideran que esta iniciativa es insuficiente y propicia aún más el desapego entre padres e hijos, pues se limita a concebir la paternidad como una función meramente proveedora.

Piden que se considere a los padres que pelean en tribunales su derecho a ejercer la paternidad porque las madres, tras una separación o divorcio, se niegan a que convivan con sus hijos.

Los abogados dicen que realizar las pruebas de ADN para determinar la paternidad son costosas y que en el ámbito público tardan hasta dos o tres años.



Sin escapatoria

La iniciativa -suscrita por las diputadas federales Valentina Díaz de Rivera, Gabriela Cuevas, Tomasa Vives y Laura Elena Estrada- establece que si la madre, casada o no, llega sola ante el juez para registrar a su hijo, debido a la ausencia voluntaria del padre, se iniciará el procedimiento de presunción de paternidad.

Para ello el juez notificará al presunto padre sobre el inicio del juicio de reconocimiento de paternidad y lo buscará hasta donde se encuentre, con la colaboración de los gobiernos de los estados y de la Secretaría de Relaciones Exteriores.



De ser positivo, el padre deberá pagar los gastos de la madre durante su embarazo y parto, la prueba de ADN y la pensión para la manutención del hijo.

Con relación a la “obligación alimentaria con las hijas o hijos”, la iniciativa señala que “los patronos o representantes legales deberán brindar a la autoridad judicial correspondiente información sobre el salario del deudor o acreedor de la pensión alimentaria, dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir de la fecha de la notificación”.

Establece que los gobiernos federal y de los estados deberán sancionar a los padres de familia y a las empresas que manipulen u oculten los ingresos que percibe el padre con el propósito de reducir el monto de la pensión, pues incurrirán en el delito de desobediencia.

Crea el Sistema Nacional de Registro de Obligados Alimenticios, entre el gobierno federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y los Tribunales de Justicia de los estados.

Señala que si el padre debe dos o tres mensualidades de la pensión alimenticia, no podrá salir del país. Y agrega que si el padre pretende salir de México, aún en los casos en los que no haya un adeudo, los beneficiarios podrán solicitar al juez una orden de restricción si existe el riesgo de que el viaje sea utilizado como medio para evadir su responsabilidad.

Si el padre es menor de edad, la iniciativa indica que, para el cumplimiento de su responsabilidad y el pago de la pensión, deberá ser asistido por el DIF.

La diputada Laura Elena Estrada explica que el propósito no es perseguir a los padres varones “o violar las garantías de nadie”, sino traducir en una ley el derecho que tienen los niños de que sus progenitores cumplan con su obligación, pues “los niños tienen derecho a tener un apellido y un padre que asuma sus responsabilidades aún y cuando él ya tenga una familia formada con otra pareja”.

Dice que el primer acto de irresponsabilidad de un padre es no reconocer a su hijo. “Tenemos que ser un país más maduro. No es que se les esté atacando. Queremos una República equitativa y esto no significa atentar contra los derechos de nadie. Los hombres no pueden ejercer su sexualidad de forma irresponsable y luego evadir su responsabilidad”.

El calvario

Daniel Béjar, abogado en asuntos del ámbito familiar, opina que en la actualidad las pruebas de reconocimiento de paternidad son un calvario tanto para el presunto padre como para la madre, pues “es un acto que denigra a ambas partes y al hijo, porque los exhibe”.

Dice que cuando el probable padre se niega a hacerse la prueba del ADN, automáticamente, por ley, el juez le adjudica la paternidad y pago de pensión.

“Pero muchos abogados -asegura- recurren a otras argucias para evitar que eso ocurra y le dicen al padre: acepta que se haga la prueba si la realiza un perito público. Pero resulta que si lo hace un perito del sistema público de salud o de alguna procuraduría hay unas filas tremendas y es muy difícil encontrar los reactivos o que haya suficientes y por eso el proceso puede tardar dos años o más”.

Dice que si la prueba se realiza en un laboratorio privado, puede llegar a costar hasta 18 mil pesos.

Asegura que también ocurre que hay madres que ahora deciden embarazarse sin considerar al padre “y primero dicen que no necesitan del padre y que pueden solas con la manutención de sus hijos, pero cuando su situación económica cambia entonces buscan al padre y quieren que se haga responsable”.

En cualquier caso, destaca, “el hijo siempre queda desprotegido.

“Por eso, antes de casarse -propone-, los padres deberían recibir pláticas en las que se les indique cuál será su responsabilidad en caso de tener hijos y que no se trata sólo de la manutención, sino de educarlos, darles protección y cariño”.

Otras actitudes

Olga Lorena Rojas, investigadora del Centro de Estudios Demográficos del Colegio de México, dice que el ejercicio de la paternidad ha cambiado en los últimos años. “Antes era común que el padre estuviera ausente, pero ahora están más cerca de sus hijos por varios factores, y cada vez se involucran más en la educación, aunque la responsabilidad en el cuidado aún recae más en la madre”.

Asegura que como ya no son los principales proveedores en el hogar y las mujeres trabajan, además de las influencias culturales de EU y Europa, los varones han cambiado y se involucran más en la formación de los hijos.

Considera que legislaciones de este tipo contribuyen en los casos en los que el padre no quiere reconocer a sus hijos, “pero también hay que avanzar más hacia el reconocimiento de la existencia de padres y madres solteras sin estigmatizarlos y que los hombres participen más en las labores domésticas”.

Los que quieren y no pueden

Alejandro Heredia, presidente de la Asociación de Padres de Familia Separados y Divorciados y Raúl Meléndez, de la Asociación a Madres y Padres Separados, descalificaron la iniciativa toda vez que concibe a los padres como meros proveedores y no habla de las obligaciones de crianza.

“Incluso provoca un mayor desapego porque entonces los padres se van a limitar a pagar la pensión y ya, pero quien va a tener la responsabilidad del cuidado y educación de los hijos va a seguir siendo la madre”, dice Meléndez.

Heredia creó dicha asociación porque desde 2004 dejó de ver a su hijo, después de divorciarse. Pese a que el juez le autorizó visitar a su hijo, su mamá “lo escondió hasta el grado de que ya no sé en dónde ni cómo se encuentra”.

Por ello, dice que en este tipo de legislaciones también se debe considerar a los padres que no pueden ejercer su paternidad porque las madres se los impiden.

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