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Los militares permanecerán en las calles para realizar tareas de seguridad pública a partir de que los gobernadores o los Congresos locales acrediten que la entidad está en riesgo, con el visto bueno del Senado de la Répública y la supervisión de una autoridad designada “responsable” del operativo.
De acuerdo con una copia del dictamen de reforma a la Ley de Seguridad Nacional, en el que los senadores trazan la ruta jurídica para regular la actuación del Ejército mexicano en las calles, el catálogo de riesgos a la seguridad nacional del país se amplía.
El pleno analizará proyecto
Se prevé que el documento se discuta en el pleno senatorial la próxima semana.
Por primera vez se establece como amenaza al Estado los actos de la delincuencia organizada, los atentados en contra del personal o sedes diplomáticas acreditadas en todo el país y las acciones que pretendan bloquear el trabajo del Cisen.
Los integrantes de las Comisiones de Seguridad Pública, Gobernación y Estudios Legislativos establecieron que bajo ninguna circunstancia la presencia militar en las calles será “indefinida”, ni se suspenderán las garantías individuales. Para lograrlo, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) vigilará que los soldados no se extralimiten en sus funciones.
Los senadores encargados de dictaminar las reformas en materia de seguridad plantearán que el Ejército abandone las tareas de seguridad pública en 2011.
Deberán justificar incursión
El despliegue de militares para combatir al crimen organizado sólo podrá iniciarse cuando un gobernador o Congreso local compruebe ante el Consejo de Seguridad Nacional (CSN) y el Senado que las autoridades locales han sido rebasadas.
El CSN integrará un expediente, que incluya datos cuantificables sobre la “percepción” de la sociedad respecto a la amenaza a la seguridad interior. Una vez que el Senado de la República avale el documento emitirá la “Declaratoria de existencia de una afectación a la seguridad interior”.
La Declaratoria será publicada en el Diario Oficial de la Federación con especificaciones respecto al tiempo que estarán los militares en determinadas zonas.
La “autoridad responsable” coordinará las acciones de la Fuerza Armada Permanente y solicitará al Ministerio Público la orden para que los militares puedan realizar medidas cautelares, providencias precautorias o técnicas de investigación.
Los jueces federales estarán obligados a resolver las solicitudes de cateo, arraigo e intervención de comunicaciones en un máximo de ocho horas, mientras los militares los respaldan en la protección del “orden”.
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