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Sólo siete estados de la República han logrado prohibir que los niños de educación básica consuman, dentro de las escuelas, ciertos alimentos denominados como chatarra, a partir de un listado específico. En gran medida fue posible, no a través de la intervención de las secretarías de Educación o de Salud, sino mediante reglamentos para la regulación de las tiendas escolares.
Los chicharrones de cerdo y de harina, las frituras de harina, los cueritos, papas fritas, donas, dulces, golosinas, mazapanes, refrescos, pastelillos y galletas industrializadas, así como gorditas, pambazos, tacos dorados, tacos de canasta, tamales, molletes, hamburguesas, hot dog, nachos con queso y pizzas, forman parte del listado de “alimentos prohibidos” dentro de las escuelas de Campeche, Colima, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, San Luis Potosí y Veracruz.
En los documentos del análisis jurídico que realiza en este momento la Secretaría de Educación Pública (SEP), para crear los lineamientos —y a los cuales tuvo acceso EL UNIVERSAL—, se establecen los tipos de alimentos y bebidas prohibidas en los últimos dos años dentro de las escuelas de esos siete estados por considerar que son “comida chatarra o refrescos”.
Sin disposición oficial
Del total de entidades en la República, en 26 existen criterios generales para la regulación de alimentos disponibles en las escuelas dentro de las leyes estatales de educación y salud. Pero sólo en 19 estados, estas disposiciones se tradujeron en reglamentos concretos para la venta de comidas y bebidas dentro de los planteles escolares.
Chiapas, Chihuahua, Morelos, Querétaro, Tlaxcala y Yucatán son las únicas entidades en donde no existe ninguna disposición sobre el expendio de alimentos en las escuelas de educación básica, por lo que se permite todo.
En el compendio de ese análisis de la información, la SEP encontró que sólo en el estado de México “se prohíbe expresamente la venta de bebidas alcohólicas, energizantes o cigarros”.
Regulación de alimentos
En el grupo de los que cuenta con regulación, se encuentran algunos que recomiendan alimentos saludables (Baja California Sur, Coahuila, Colima, Durango, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Oaxaca, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora y Zacatecas), por ejemplo que los niños puedan ingerir ocho frutas y tres verduras (jícama, pepino y zanahoria) más las de temporada. Entre los líquidos sólo limita la ingesta a agua potable, aguas de fruta natural y jugos naturales.
En tanto que de los considerados como colaciones o snacks se sugiere fomentar el consumo del elote, los esquites sin mayonesa, la gelatina de agua, paletas con fruta y palomitas naturales. También las barras de cereal, pasas, nueces, pepitas, habas enchiladas y cacahuates sin cáscara.
De los clasificados como alimentos elaborados en casa, las autoridades escolares permiten el emparedado o torta, las burritas, quesadillas, enfrijoladas, enchiladas, tostadas, tacos de guisado, sopes y tlacoyos, así como pan, galletas integrales, galletas saladas, galletas de animalitos, tortillas y yogurt natural.
Normas para cooperativas
Desde 1994 y hasta 1999 fueron sólo cuatro entidades (Colima, Puebla, Sonora y Veracruz) las que crearon lineamientos o reglas específicas en torno a las cooperativas y tiendas escolares, pero no en términos de la disponibilidad de productos alimenticios saludables para los alumnos, sino referentes a la forma de licitar los espacios físicos para las tiendas o cooperativas, de los alimentos que ahí se expedían; o bien, para el manejo de los recursos financieros obtenidos en esos lugares.
El documento de análisis de la SEP, de poco más de 30 cuartillas, detalla la relación jurídica y el área responsable en la expedición de normas sobre el consumo de alimentos escolares. Si bien, hay estados como Hidalgo y Tabasco que acordaron hacer un listado de alimentos prohibidos en sus leyes de educación, esas disposiciones no se han traducido en reglamentos específicos con sanciones dentro de los centros escolares.
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