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jueves, 17 de diciembre de 2009

Credencial de IFE “03”, útil en 2010.

Noticia:


El Consejo General del IFE aprobó por unanimidad la difusión de propaganda de la Lotería Nacional y Pronósticos para la Asistencia Pública, y publicidad turística —incluida la denominada Vive México—, en los procesos electorales de 2010, siempre y cuando no se haga referencia al gobierno federal.

También determinó que la credencial para votar que tenga como último recuadro el “03” para el marcaje de los comicios federales, podrá ser utilizada en las elecciones locales ordinarias y extraordinarias que se celebren durante el próximo año.

En maratónica sesión, los consejeros avalaron además las normas reglamentarias, en las que se establece que a partir del inicio de campañas y hasta el día de la elección, se deberá suprimir toda propaganda gubernamental en radio y televisión.

Otras excepciones aprobadas son las campañas del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para incentivar el pago de impuestos y el cumplimiento de las obligaciones fiscales; las educativas del Banco de México; la del Censo General de Población 2010, del INEGI, y la relativa a los festejos del Bicentenario de la Independencia y el Centenario de la Revolución.

El consejo aprobó modificaciones a la estructura orgánica, personal y recursos de la Contraloría General, y el Programa Anual de Trabajo 2010 del IFE.

También desahogó 40 quejas genéricas, 16 en materia de fiscalización y ocho procedimientos especiales sancionadores iniciados en contra de diferentes actores por presuntas violaciones al marco normativo.

Por unanimidad de votos, en sesión extraordinaria estableció que el uso de la credencial para votar deberá ser sometido a consideración de los órganos electorales locales donde habrá comicios, en el marco de la firma del convenio de colaboración suscrito por ambas autoridades.

Luego del resolutivo, el Consejo General instruyó a la dirección ejecutiva del Registro Federal de Electores para que a partir de hoy, y durante 2010, impulse e intensifique acciones que faciliten a los ciudadanos la actualización de sus datos en el Padrón Electoral y la obtención de una nueva credencial en los módulos de atención, a través de una intensa campaña de difusión.

Con esta disposición se da cumplimiento a lo previsto en el artículo Octavo Transitorio del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), que se refiere a la actualización del Padrón Electoral.

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