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lunes, 15 de febrero de 2010

Burós de crédito deberán transparentar registros.

Noticia:


Las recientes reformas a las leyes financieras que aprobó el Congreso eliminarán los abusos y transparentarán la actividad de los sistemas de información crediticia, más conocidos como burós de crédito.

Con estas reformas, quienes cuentan con un financiamiento bancario, o de alguna otra empresa, recibirán un reporte con la información de los créditos que tengan registrados en cualquiera de las dos sociedades que operan en el país.

Además, se buscarán mejorar los procedimientos de “borrado”, para lo cual se facultó a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) a supervisar este procedimiento.

En las disposiciones se otorga potestad a la CNBV para aplicar sanciones, que van de los mil hasta 15 mil días de salario mínimo, a las sociedades que incumplan con la ley.

Las multas se aplicarán cuando la sociedad, la entidad o sus funcionarios o empleados violen el secreto financiero u omitan compartir la información a otros burós.

Cuando la falta sea mayor, la CNBV podrá suspender la actividad de la sociedad.

Las normas tienen como objetivo resolver el problema de competencia que existe entre este tipo de sociedades y por ello se obligará a las empresas a emitir reportes que consoliden la información de otras compañías.

Al respecto, Alberto Cano Vélez, secretario de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, consideró que las modificaciones a las leyes financieras representan un avance en la consolidación del sistema bancario, a fin de que sea más accesible para los usuarios.

Otras de las reformas que avaló el Congreso incluyen el concepto de Ganancia Anual Total (GAT), lo que permitirá a la población tener mejor información de los rendimientos reales que otorgan las instituciones y las entidades de ahorro y crédito popular.

Regularán cobros indebidos

Diputados del PRI presentaron una iniciativa para castigar el “hostigamiento telefónico” por parte de los bancos a sus clientes.

La propuesta plantea modificaciones al artículo 113 bis 5 de la Ley de Instituciones de Crédito y aplicaría para el cobro de los créditos. El diputado Eduardo Yáñez advirtió que en la actualidad no hay una norma que regule y sancione el hostigamiento telefónico para el cobro de los préstamos.

Afirmó que en la mayoría de los casos los despachos realizan una “persecución” de los deudores, sin ninguna limitación y con un acoso constante.

Estas prácticas, dijo, tienen que ver con llamadas en diferentes horas del día e incluso durante la madrugada, así como escritos en tono amenazador, visitas domiciliarias y hasta métodos que implican la compra de bases de datos para hostigar a los familiares cercanos de los deudores.

El hostigamiento de los bancos y despachos se basa en la intimidación, ya que de manera engañosa se amenaza a los tarjetahabientes con el embargo y hasta con romper cerraduras.

La iniciativa detalló que, si bien la Condusef busca mediar y conciliar los intereses entre la institución financiera y el usuario, no hay una sanción que se pueda aplicar a los bancos, los despachos de abogados o empresas que adquieren cartera vencida por el cobro desmedido de un derecho.

La Ley de Instituciones de Crédito no incluye en algún precepto una sanción para los bancos por excesivos cobros ni menos por hostigamiento telefónico que dé protección a los tarjetahabientes objeto de esas acciones.

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