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jueves, 5 de noviembre de 2009

Liberan a 9 presos más de Acteal.

Noticia:


La Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó la liberación inmediata de otros nueve indígenas a los que se les responsabilizó y sentenció a 25 años de prisión por la matanza de 45 personas ocurrida el 22 de diciembre de 1997, en Acteal, Chiapas, por considerar que se usaron en su contra pruebas y testigos fabricados por la Procuraduría General de la República.

El ministro José Ramón Cossío Díaz afirmó que los indígenas fueron condenados y declarados culpables como resultado de un juicio plagado de violaciones, y se detectó que “no existe material probatorio para comprobar su culpa” en la matanza.

De manera simultánea, los ministros de la Primera Sala de la Corte también ampararon a otro grupo de 16 personas para que se reabran sus juicios y se les vuelva a juzgar, pero únicamente por los delitos de lesiones y homicidio calificado, porque se les eliminaron los cargos por portación de arma sin licencia y portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército.

Aún falta revisar pruebas

Los ministros no dejaron en libertad a este segundo grupo porque consideraron que, eliminando todas las pruebas y testimonios ilegales que presentó la PGR, aún quedan algunas pruebas que deben ser revisadas por un tribunal unitario.

Es decir, sólo si existen elementos suficientes para comprobar su responsabilidad en dichos ilícitos, estas 16 personas permanecerán en prisión.

La decisión que adoptó ayer la Primera Sala de la Corte se suma a la que emitió el 12 de agosto pasado cuando también ordenó la liberación inmediata de otros 20 indígenas y giró instrucciones para que se reabriera el juicio de otros seis.

En total, en estas dos decisiones, la Corte ordenó la liberación de 29 personas y la reapertura de los juicios de 22 indígenas más.

“Un Estado seguro, exento de impunidad, sólo se logra cuando el orden jurídico es eficazmente aplicado y se logra la aplicación del Derecho en la vida de cualquier ciudadano sin distinción alguna”, dijo el ministro José Ramón Cossío Díaz.

“El claro mensaje de la resolución es entonces que: si las autoridades están interesadas en que las personas que consideran culpables por la comisión de un delito obtengan una pena, entonces deben actuar de conformidad con el marco constitucional”.

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