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lunes, 27 de julio de 2009

La Condusef advierte de cambio de divisas.

Noticia:


En estas vacaciones, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) recomienda a los usuarios comprar y vender divisas con intermediarios serios y profesionales.

Ante la disyuntiva que encontrará el público usuario para elegir en dónde realizar dichas operaciones durante el presente periodo vacacional, el organismo expuso las diferencias que hay entre una casa de cambio y un centro cambiario.

Explicó que la casa de cambio es una institución financiera que se encarga de realizar en forma habitual y profesional operaciones de compra y venta de divisas, mientras que el centro cambiario es solamente un negocio mercantil.

“Aun cuando ambas figuras muestran similitudes en su forma de operar y parecen iguales, existen diferencias importantes entre una y la otra”, agregó la Condusef en un comunicado.

Señaló que los centros cambiarios no están autorizados por ninguna autoridad financiera, mientras que las casas de cambio son autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).

A diferencia de los centros cambiarios, indicó, las casas de cambio también se sujetan a las reglas que emite el Banco de México (Banxico) para sus operaciones, y en caso de controversia el usuario tiene derecho a presentar una reclamación ante Condusef.

Respecto a las operaciones que realizan, dijo que las casas de cambio pueden comprar y vender divisas mediante transferencias de fondos sobre cuentas bancarias, y prestar el servicio de envío y recepción de transferencias de fondos en moneda nacional y divisas, dentro y fuera del territorio nacional, mientras que los centros cambiarios no.

Subrayó que las casas de cambio no ponen ningún límite en operaciones de compra de documentos a la vista denominados y pagaderos en moneda extranjera, a cargo de entidades financieras; compra y venta de billetes, así como piezas acuñadas y metales comunes, con curso legal en el país de emisión, y compra y venta de cheques de viajero denominados en moneda extranjera.

Recomendó, antes de realizar una operación, visitar en su sitio de internet el Registro de Prestadores de Servicios Financieros (Sipres), para conocer cuáles son las instituciones financieras que operan debidamente.

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