Noticia:
La Suprema Corte de Justicia acordó proteger a los legisladores que decidan cambiar de fracción parlamentaria o de partido, una vez que asumieron el cargo o durante el periodo para el que fueron electos.
La mayoría de ministros del alto tribunal, por 9 votos contra 2, emitió dicho criterio, al anular la prohibición que se estableció en el Código Electoral del Estado de Coahuila para que ningún diputado electo pudiera separarse de la fracción parlamentaria con la que llegó al Congreso local.
El último párrafo del artículo 13 del Código Electoral de Coahuila, que dice "ningún diputado electo podrá separarse de su fracción parlamentaria, salvo en el caso de candidaturas comunes", fue revisado como parte los juicios de acciones de inconstitucionalidad que promovieron los partidos de la Revolución Democrática, del Trabajo y Convergencia en contra de las recientes reformas electorales que se aprobaron en la entidad.
En este caso en concreto, el Pleno de la Corte determinó que este tipo de prohibiciones no están contempladas en la Constitución, además de que violan el derecho de libre asociación de los legisladores.
El presidente de la Corte, Guillermo Ortiz Mayagoitia, y el ministro José Ramón Cossío fueron los únicos ministros que se pronunciaron por permitir que los legisladores que ganan una elección abanderando a un partido, una vez en sus cargos, puedan cambiar de fracción parlamentaria.
Incluso, como parte de sus argumentos, el presidente del alto tribunal recordó, sin mencionar nombres, el caso de la renuncia de la senadora Josefina Cota, a la fracción del PT en el Senado, y el arribo a dicha bancada del senador Ricardo Monreal para salvar al grupo petista.
El 11 diciembre pasado, Monreal abandonó la bancada del PRD para incorporarse a la del PT, ante la salida de la senadora perredista Josefina Cota Cota, quien salió de las filas petistas al ahondarse la distancia entre ambos partidos.
La salida de la legisladora de ese grupo parlamentario puso en peligro de desaparecer a la fracción del PT, ya que la ley orgánica pide por lo menos cinco senadores para poder conformar un grupo parlamentario.
"Es tan grave que un diputado electo se separe de su fracción parlamentaria que en algunos casos podría dar lugar a la cancelación de esa fracción parlamentaria, porque no se dé ya el número mínimo para que tenga la existencia que la ley le reconoce", aseguró Ortiz, y por eso mismo pidió avalar la prohibición establecida en Coahuila.
Pero su propuesta no tuvo éxito. La prohibición fue anulada y se avala el que un legislador pueda cambiar de fracción parlamentaria.
Comentario:
El cambio de un legislador hacia otra bancada partidista le sirve al analista político y a la crítica periodística, para hacer un comentario sobre dichos movimientos y puede ser aplaudido o condenado desde el punto de vista moral o ético, pero no tiene validez legal.
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