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jueves, 7 de mayo de 2009

Se niegan 386 patrones a pagar días sin actividad.

Noticia:


La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) informó que 386 patrones han dicho que no pagarán a sus trabajadores el salario de los días sin laborar por la contingencia sanitaria, en que la mayoría de las empresas debieron suspender actividades.

El titular de la Profedet, Joaquín Blanes Casas, comentó que han recibido más de 15 mil llamadas telefónicas de trabajadores para pedir orientación, denunciar que los obligaron a trabajar y que les anticiparon que no les pagarán los días no laborados por la contingencia.

Detalló que de ese universo de llamadas, dos terceras partes correspondieron a mujeres, quienes al no haber guarderías y escuelas disponibles en ese momento dejaban a sus hijos con los parientes y, por esa razón, llegaban tarde a laborar, con la amenaza del patrón de sancionarlas con descuentos en el salario.

El 5 de mayo, último de los cinco días establecidos por el decreto para que las empresas redujeran al máximo sus actividades, el funcionario puntualizó que se concretaron 467 conciliaciones.

Agregó que la Profedet estará atenta este jueves y viernes, día de paga para los trabajadores que reciben el salario semanalmente, a que los patrones no hagan efectivo su anuncio de descontarles el tiempo que estuvieron inactivos. "Aunque no lo vayan a cumplir, lo decían para sembrar la duda en el trabajador y hacerlo acudir a laborar".

Blanes Casas indicó que la Profedet atendió casos de mujeres embarazadas que se quejaron porque sus jefes les exigieron acudir a trabajar, pese a que la disposición indicaba lo contrario.

En las llamadas a la Profedet hubo todo tipo de inquietudes y quejas. "Desde consultas básicas, como quienes decían que tenían gripe y no sabían si debían trabajar, hasta otras en que se les pedía laborar, siendo que el giro no estaba dentro de las empresas que debían estar abiertas durante la contingencia".

Una de las conciliaciones logradas entre patrones y empleados correspondió a los acuerdos para utilizar días económicos e incluso vacaciones para reponer estos días no laborados.

"No se podía imponer, porque algún patrón lo pretendió, canjear esos días por días de vacaciones como una imposición unilateral. Eso no se puede dar".

En cambio, añadió, en una negociación, " con un buen ánimo de las dos partes", el trabajador cedió un día a cuenta de vacaciones o día económico, y el patrón otorgó otro más, " con lo que, gracias a eso, se mantuvo el pago salarial completo, sin afectación a los trabajadores ".

Destacó que así como se detectaron empresas que respetaron el decreto de suspensión de actividades, también hubo trabajadores que se preocupan por mantener el empleo, al ofrecer uno de sus días de descanso para que la empresa recupere la jornada laboral.

"Había una variedad muy grande de posibilidades, eso evidenció que faltan supuestos normativos en la Ley Federal del Trabajo. La ley no agotaba las situaciones que se pueden presentar en contingencias de esta naturaleza, dejaba un margen a la interpretación, tanto de patrones y trabajadores, y de aplicación del derecho de parte de las autoridades".

Por ello, continuó, es necesario actualizar los marcos normativos para evitar cualquier tipo de injusticia o de falta de protección a los derechos de los trabajadores.

Por otra parte, afirmó que las sanciones contempladas por la ley laboral, varían hasta llegar a 315 salarios mínimos, mientras la de salud prevé de dos mil a seis mil salarios y la de metrología se va hasta 20 mil salarios. "Tenemos una legislación obsoleta en materia de sanciones laborales".

El procurador señaló que las denuncias de los trabajadores ante la Profedet son anónimas cuando ellos así lo piden " pero cuando nos dan la confianza para iniciar la conciliación pues evidentemente debemos decir al patrón de qué trabajador se trata".


Comentario:

El sector patronal siempre está en mejor posición económica que los trabajadores y no es justo que se comporten de esa manera.

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