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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió proteger y amparar a un transexual para que obtenga un acta de nacimiento donde se registre su nuevo nombre y sexo, sin que en ella quede asentada su anterior identidad.
En teoría, la decisión sólo beneficia al transexual que pidió la protección de la Corte, pero en la práctica el criterio de la SCJN en este caso se convirtió en un aval a una reciente reforma que beneficia, entre otros, a los transexuales.
Desde el 25 de octubre de 2008, quienes cambian de sexo, pueden tener dos actas de nacimiento: una, en el Registro Civil, reservada y de acceso exclusivo para las autoridades, donde consta su anterior identidad y otra, que se les entregará y será la versión pública con su nuevo nombre y sexo.
En esencia, los beneficios que la Corte otorgó al transexual que protegió son los mismos de la reforma que impulsó la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) en 2008.
Este caso generó posiciones encontradas entre los ministros del máximo tribunal por varios meses y , como pocos juicios, se complicó al grado que su revisión se tuvo que aplazar de manera reiterada.
Tres varias sesiones en las que las opiniones de los ministros de la Corte generaron confusión incluso entre ellos mismos, el pleno del alto tribunal decidió amparar a quien ahora, física y legalmente, es una mujer, para que no sea víctima u objeto de discriminación.
Un largo camino
La persona a quien la Corte amparó —cuyo no se divulgó el nombre precisamente para protegerla— promovió el juicio desde hace tres años, cuando todavía no se aprobaba la reforma al Código Civil del Distrito Federal antes mencionada.
Nació, en apariencia, niño y vivió con esa identidad hasta que cumplió los 12 años; cuando llegó a la adolescencia, comenzaron a crecerle los senos y fue objeto de burlas de sus compañeros.
Sus padres lo llevaron con distintos médicos y descubrieron que era hermafrodita: en su cuerpo también tenía un ovario.
El demandante r ecibió atención médica y sicológica. Decidió ser mujer y lo logró gracias a diversos tratamientos hormonales y quirúrgicos. Fue entonces cuando, con el apoyo de su familia, dio el siguiente paso. Buscó ser legalmente una mujer.
Para ello, inició desde 2005 un largo juicio. Primero acudió ante un juez de lo familiar en el Distrito Federal para rectificar su acta de nacimiento. El juez le permitió cambiar de nombre y sexo. Pero ordenó que en su nueva acta se colocara “una anotación marginal” con su anterior identidad.
Eso establecía para tales casos el artículo 138 del Código Civil del DF. Por lo mismo, la decisión del juez fue ratificada por el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.
La nueva decisión también fue impugnada. El caso llegó a la Corte. Mientras era revisado, la Asamblea Legislativa modificó el Código Civil local para garantizar el cambio de identidad de transexuales y la reserva del mismo. Es decir, precisamente la demanda de la eprsona que promovió el juicio.
El proceso siguió su marcha y en una decisión poco común, por seis votos contra cinco, la Corte declaró constitucional que se permita colocar anotaciones marginales en las actas de nacimiento de los transexuales, tal como se establecía en el artículo 138, derogado, del Código Civil del Distrito Federal.
Sin embargo, al mismo tiempo, por siete votos contra cuatro, decidió amparar al quejoso para que se le otorgue una nueva acta conforme a las nuevas normas establecidas por la reforma que entró en vigor en octubre de 2008 y que protege el cambio de identidad de los transexuales
Comentario:
Es importante que sea ya una ley general el derecho de estas personas a decidir su nuevo sexo.
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