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La Suprema Corte de Justicia de la Nación trabaja en proyectos de sentencia dirigidos a ordenar la liberación de 12 integrantes del Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra (FPDT) de San Salvador Atenco, que fueron detenidos a raíz de los enfrentamientos del 3 y 4 de mayo de 2006 y que fueron sentenciados de 31 hasta 112 años de prisión, por considerar que sus procesos penales estuvieron plagados de irregularidades.
La intención es que los proyectos estén listos antes de que termine el periodo de sesiones, que finaliza el 15 de julio, para que los ministros encargados de la Primera Sala, donde se ventilan los asuntos penales, esté en condiciones de resolverlos y de ordenar su inmediata liberación.
Los cinco ministros de la Primera Sala atrajeron, en los meses de febrero y marzo pasados, los juicios de amparo que promovieron en contra de las sentencias que les dictaron los jueces y magistrados del Poder Judicial del estado de México, en primera y segunda instancias, por considerar que sus casos eran de importancia y trascendencia nacional.
Entre los ministros existe la convicción de que los pobladores de Atenco enfrentaron procesos similares a los de los indígenas que fueron sentenciados injustamente por la matanza de Acteal, en Chiapas, y al de las indígenas queretanas, Alberta Álcantara y Teresa González, contra quienes la PGR realizó una serie de irregularidades, como el uso de testigos a modo y la identificación de los pobladores a través de listas elaboradas previamente.
Sólo que en el caso de los habitantes de Atenco las irregularidades fueron cometidas por la Procuraduría General de Justicia del Estado de México y avaladas por el Poder Judicial estatal.
Lo que los pobladores de Atenco han denunciado a lo largo de cuatro años es que fueron detenidos de manera arbitraria, sin una orden de aprehensión y posteriormente fueron incomunicados o interrogados sin la presencia de sus abogados.
Los 12 que permanecen presos enfrentan diversos cargos; sin embargo, tienen como común denominador el que se les acusó del delito de “secuestro equiparado”, lo que permitió que por este delito se condenara a 67 años de prisión a algunos de los líderes, como Ignacio del Valle Medina, Felipe Álvarez Hernández y Héctor Galindo Gochicoa.
La Procuraduría mexiquense los culpó de secuestro equiparado y la justicia local avaló estas acusaciones por considerar que los integrantes del frente privaron de su libertad a funcionarios públicos del gobierno del estado, a fin de obligar al gobernador Enrique Peña Nieto a que liberara a uno de sus miembros y reanudaran las mesas de diálogo.
Todo fue porque en una reunión entre funcionarios mexiquenses y el frente para tratar criterios sobre educación se percataron de que no se encontraba el secretario de Educación Pública local y retuvieron a los servidores públicos como medida de presión para obligar la presencia y atención del titular del ramo.
A partir de estos hechos, la Corte se encargará de revisar si la retención de funcionarios públicos como una forma de protesta puede ser castigada como el peor de los secuestros.
Tema discutido
Este tema no resulta nuevo para la Corte. El 27 de abril, los ministros de la Primera Sala determinaron que la retención de funcionarios no podía catalogarse o considerarse como secuestro, y ordenaron liberar a las indígenas queretanas Alberta Alcántara y Teresa González, quienes habían sido sentenciadas a 21 años de prisión acusadas del secuestro de seis agentes en protesta por un operativo antipiratería.
En opinión de los ministros, el caso servirá para emitir criterios sobre la validez de “retención” de servidores públicos en una manifestación como una forma de protesta, y respecto a límites de la libertad de expresión.
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