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El Partido de la Revolución Democrática impugnó ayer formalmente ante el IFE, el uso de las siglas del Frente Amplio Progresista (FAP) para el registro de la coalición entre Convergencia y PT.
En una misiva remitida al titular del IFE, Leonardo Valdés, por el representante del PRD, Rafael Hernández Estrada, advierte que el uso del término “frente” viola la Constitución, el Cofipe y diversos acuerdos signados por el Consejo General del IFE.
El artículo 93 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) establece que los partidos podrán constituir frentes, “para alcanzar objetivos políticos y sociales compartidos de índole no electoral…”
La misma previsión legal se encuentra en el artículo 36, párrafo 1 inciso e), última parte del mismo código.
Por tanto, el PRD pide oficialmente al IFE “no autorice la denominación Frente Amplio Progresista (FAP) o cualquiera de sus variantes a esos partidos.
Igualmente viola los términos del acuerdo CG197/2006, mediante el cual PRD-PT y Convergencia registraron el FAP el 11 de noviembre de 2006, y el propio Consejo General del IFE estableció que sería un frente de índole no electoral.
En el considerando 14 de dicho acuerdo, el Consejo General del IFE incluso estableció que la denominación Frente Amplio Progresista y el lema “Por el bien de todos, primero los pobres” están reservados a ese conjunto de partidos.
“…No se permitirá su uso a ningún partido político en lo individual o a un grupo de partidos que pretendan integrar cualquier figura de participación conjunta prevista en la legislación electoral federal, independientemente de los fines que persigan”
En consecuencia, señala el convenio firmado en el año 2006, el Frente Amplio Progresista deberá ostentarse en todo momento con dicha denominación y lema, por lo que no puede ser usado de manera discrecional por alguno de los firmantes.
El consejero electoral del IFE, Marco Antonio Gómez Alcántar, admitió que existe “preocupación” en ese Instituto por la solicitud de registro de la coalición del FAP; por ello se llevan a cabo estudios jurídicos y legales para determinar su viabilidad.
El asunto se discute en el seno de l Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos y el 22 de diciembre, en sesión de Consejo General, el IFE determinará si procede o no el registro de dicha coalición, dijo en respuesta a la solicitud presentada por el PRD.
Cuando se firmó el convenio del FAP, se reconoció una duración prorrogable de tres años. Según el PRD, el uso de la denominación del FAP viola el principio constitucional de certeza
“Generaría confusión en los electores respecto de una figura jurídica que tiene naturaleza y fines diversos a los electores”.
Además —señala el escrito de Hernández Estrada— el acuerdo del propio Consejo General del IFE establece que los partidos firmantes deben “conducirse conjuntamente como frente dentro del marco jurídico al que están obligados”
La propia resolución del IFE establece que “en caso de violación a los preceptos constitucionales y legales aplicables en materia electoral por parte de los partidos en las actividades, acciones y estrategias que lleven a cabo para alcanzar los fines políticos y sociales como Frente Amplio Progresista, podrán ser sancionados por la autoridad electoral”
Comentario:
Para lo aque sirvió y lo que duró el Frente. Efímero como su ideología demagógica: primero los pobres.
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