Noticia:
La comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Diputados aprobó la Ley de la Policía Federal, que crea un cuerpo policiaco con fines preventivos y facultades de investigación e intervención de teléfonos celulares, entre otros.
Los diputados avalaron la figura de policía encubierta y quitaron del dictamen las facultades de cateos. Todas las órdenes nuevas serán bajo la autorización de jueces.
Además, la ley obliga a empresas de telefonía a reportar la posición geográfica de donde salen las llamadas móviles, y a observar la información en internet para evitar difusión de pornografía.
Pero la nueva ley fue rechazada por el sector radical perredista, y apoyada por moderados, lo que provocó que el dictamen fuera votado por mayoría y agendado para llevarlo el jueves al pleno.
El diputado David Mendoza (PRD) aseguró que esta policía deberá concentrarse prevenir el delito, que hoy es un objetivo que no logra cumplirse, pues sólo es reactiva y no preventiva.
Afirmó que bajo las órdenes de un juez se evitarán abusos y podrán investigarse casos de extorsión o de secuestro sin esperar a que ocurran.
En tanto, la diputada del PRD, Claudia Cruz, se pronunció en contra del dictamen de la comisión por el asunto de intervenciones telefónicas.
“El PRD no esta de acuerdo con esas medidas porque se le otorgan facultades extraordinarias a la policía, que ni siquiera el Ministerio Público tiene, pues mientras la autorización de comunicación que tiene la PGR es sólo para delincuencia organizada, en el dictamen que se aprobó se estableció un catálogo amplio de delitos para que la Policía Federal haga las intervenciones”, expuso.
La Policía Federal podrá actuar en los recintos fiscales, aduanas, garitas o puntos de revisión aduaneros, en coordinación con las autoridades responsables en materia fiscal o de migración.
Del mismo modo, realizará acciones de vigilancia, identificación, monitoreo y rastreo en la red pública de internet sobre sitios web con el fin de prevenir conductas delictivas.
Comentario:
En este caso, habrá que estar atento a como se comporte la policía con demasiadas atribuciones. Le asiste la razón al PRD en desconfiar.
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miércoles, 22 de abril de 2009
viernes, 5 de diciembre de 2008
Luz verde de senado a policía encubierta.
Noticia:
El Senado aprobó por unanimidad la miscelánea penal, con modificaciones a la propuesta original del Ejecutivo, que otorga facultades de investigación a las policías, pero supeditadas al Ministerio Público, y crea un registro nacional de detenidos.
Además avala policías “infiltrados”, que para el cumplimiento de su misión evitarán incorporar datos como su nombre y se les identificará con clave numérica.
La reforma al Código Penal Federal prevé sanciones a peritos, ministerios públicos y funcionarios por abuso de autoridad; entre otros, con penas de cuatro a 10 años de prisión y multas de mil a 2 mil días de salario mínimo.
El paquete incluye reformas a nueve leyes y fue aprobado en lo general por 76 votos en pro, tres en contra y una abstención; se rechazaron ajustes a dos artículos, y al final se aprobó con 69 votos a favor. Pasó a la Cámara de Diputados.
Anoche, el Senado también recibió la Ley General de Seguridad Pública aprobada ayer por los diputados; se espera que sea votada por el pleno el próximo martes.
La miscelánea permite que cualquier persona pueda detener al indiciado en un delito, ya sea en flagrancia o persecución, y puesto a disposición de la autoridad.
Además, se aceptarán conversaciones privadas como prueba si una de las partes participó en ella.
Define que cuando tres personas o más se organicen para delinquir se tratará de crimen organizado. Los sentenciados por estos delitos no podrán purgar sus penas en un centro penitenciario más cercano a su domicilio.
Precisa que los cateos sólo podrán realizarse por orden judicial y ejecutadas por el Ministerio Público y aumenta de dos a cuatro años el mínimo y de seis a ocho la prisión por falsedad de declaración, pero la multa se preserva de 100 a 300 días de salario, en el Código Penal.
La prisión se iría hasta 15 años para el testigo o perito falsos, cuando al reo se imponga pena de hasta 20 años de cárcel y de cinco a 12 años a quien falte a la verdad.
Se indemnizará a policías federales si la baja fue justificada, en tanto que en la PGR se concede facultad de remoción a quien no cumpla las necesidades, pero se indemnizará si no hay causa justificada sin que proceda en ningún caso la reincorporación.
La reforma al Código Federal de Procedimientos Penales obliga al Estado a dar seguridad y auxilio a víctimas, ofendidos, testigos, jueces o magistrados, agentes del Ministerio Público y policías.
También fija la obligación en el Código Federal de Procedimientos que deben preservar escena de los hechos, pero obligando a entregar toda prueba al Ministerio Público.
Las policías deberán elaborar informes al Ministerio Público, pero se prohíbe a las policías —como planteaba Felipe Calderón en su iniciativa— puedan recoger declaraciones de indiciados; tampoco podrán detener a persona alguna si no es por instrucción del Ministerio Público, juez o tribunal.
En cambio, el informe que rindan las policías podrá servir como denuncia y no habrá necesidad de que el afectado presente la suya, al tiempo que regula la posibilidad de hacer denuncias anónimas.
Quedó prohibido que una persona sea detenida en un sitio y consignada ante un juez en un lugar distinto.
Aunque la iniciativa presidencial también preveía la secrecía de la averiguación previa, la oposición del perredista Tomás Torres logró que la víctima y su abogado tengan acceso discrecional a la misma.
Comentario:
Habráque ver como funcionan los cambios, porque la corrupción en este país sigue desatada. ¿Quién la detendrá?
El Senado aprobó por unanimidad la miscelánea penal, con modificaciones a la propuesta original del Ejecutivo, que otorga facultades de investigación a las policías, pero supeditadas al Ministerio Público, y crea un registro nacional de detenidos.
Además avala policías “infiltrados”, que para el cumplimiento de su misión evitarán incorporar datos como su nombre y se les identificará con clave numérica.
La reforma al Código Penal Federal prevé sanciones a peritos, ministerios públicos y funcionarios por abuso de autoridad; entre otros, con penas de cuatro a 10 años de prisión y multas de mil a 2 mil días de salario mínimo.
El paquete incluye reformas a nueve leyes y fue aprobado en lo general por 76 votos en pro, tres en contra y una abstención; se rechazaron ajustes a dos artículos, y al final se aprobó con 69 votos a favor. Pasó a la Cámara de Diputados.
Anoche, el Senado también recibió la Ley General de Seguridad Pública aprobada ayer por los diputados; se espera que sea votada por el pleno el próximo martes.
La miscelánea permite que cualquier persona pueda detener al indiciado en un delito, ya sea en flagrancia o persecución, y puesto a disposición de la autoridad.
Además, se aceptarán conversaciones privadas como prueba si una de las partes participó en ella.
Define que cuando tres personas o más se organicen para delinquir se tratará de crimen organizado. Los sentenciados por estos delitos no podrán purgar sus penas en un centro penitenciario más cercano a su domicilio.
Precisa que los cateos sólo podrán realizarse por orden judicial y ejecutadas por el Ministerio Público y aumenta de dos a cuatro años el mínimo y de seis a ocho la prisión por falsedad de declaración, pero la multa se preserva de 100 a 300 días de salario, en el Código Penal.
La prisión se iría hasta 15 años para el testigo o perito falsos, cuando al reo se imponga pena de hasta 20 años de cárcel y de cinco a 12 años a quien falte a la verdad.
Se indemnizará a policías federales si la baja fue justificada, en tanto que en la PGR se concede facultad de remoción a quien no cumpla las necesidades, pero se indemnizará si no hay causa justificada sin que proceda en ningún caso la reincorporación.
La reforma al Código Federal de Procedimientos Penales obliga al Estado a dar seguridad y auxilio a víctimas, ofendidos, testigos, jueces o magistrados, agentes del Ministerio Público y policías.
También fija la obligación en el Código Federal de Procedimientos que deben preservar escena de los hechos, pero obligando a entregar toda prueba al Ministerio Público.
Las policías deberán elaborar informes al Ministerio Público, pero se prohíbe a las policías —como planteaba Felipe Calderón en su iniciativa— puedan recoger declaraciones de indiciados; tampoco podrán detener a persona alguna si no es por instrucción del Ministerio Público, juez o tribunal.
En cambio, el informe que rindan las policías podrá servir como denuncia y no habrá necesidad de que el afectado presente la suya, al tiempo que regula la posibilidad de hacer denuncias anónimas.
Quedó prohibido que una persona sea detenida en un sitio y consignada ante un juez en un lugar distinto.
Aunque la iniciativa presidencial también preveía la secrecía de la averiguación previa, la oposición del perredista Tomás Torres logró que la víctima y su abogado tengan acceso discrecional a la misma.
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Habráque ver como funcionan los cambios, porque la corrupción en este país sigue desatada. ¿Quién la detendrá?
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